¿Sirven los seguros regulares de vivienda en el caso de los socavones?

¿Sirven los seguros regulares de vivienda en el caso de los socavones?
Aún no colapsa ningún edificio, así que aún no es posible accionar ninguna póliza. También está la posibilidad de demandar, pero es un camino largo y penoso.
Los seguros. Cuando alguien compra una propiedad, puede pagar al contado o a través de un crédito hipotecario. Si paga al contado, la propiedad es suya y fin de la historia. Pero si lo compra a través de un crédito, el banco con el que se contrajo la deuda exigirá dos seguros obligatorios. Uno de ellos es el seguro de desgravamen, para el caso de que el titular de la deuda fallezca y entonces las cuotas restantes quedan saldadas de manera automática. Y el segundo seguro obligatorio es el de incendio. Sin embargo, como explica Aristeo Andrés Toledo, ex vicepresidente del Colegio de Corredores de Propiedades, este seguro, por regla general, no solo opera en caso de incendio. ‘No existen, en la práctica, ese tipo de seguros tan limitados y literales’, sostiene.

Por lo general, estas pólizas incluyen una serie de otros eventos. Citando un contrato típico, Aristeo Andrés cita la caída y colisiones de aeronaves, las erupciones volcánicas y el peso de nieve o hielo. Pero también aluvión o deslizamiento, rotura de cañerías, viento, inundación y desbordamiento de cauces y colapso de edificios, y sismos. En las últimas semanas, y tras la caída de una cantidad de lluvia que no se veía en décadas, tres edificios de departamentos en Reñaca debieron ser evacuados ante el peligro de derrumbe, luego de que aparecieran a su alrededor dos socavones que amenazan con desestabilizarlos desde sus cimientos. Si estos edificios colapsaran o si tuvieran algún daño importante que los hiciera inhabitables, Aristeo Andrés sostiene que el seguro contra incendios, que ya sabemos que es bastante más que de incendios, debiera operar y las aseguradoras tendrían que pagarles a los dueños de los inmuebles. ‘Colapso de edificios, deslizamientos y rotura de cañerías debieran ser suficientes para hacer valer la póliza’, dice. Pero hay un par de pequeños problemas.

Sin daños. Como explica Sebastián Bozzo, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma y experto en derechos del consumidor, los edificios están intactos. No tienen, hasta donde se sabe, ninguna grieta, no están ladeados, ni mucho menos han colapsado. De hecho, es bastante probable que se arregle el problema de los socavones y se estabilice el terreno hasta que los edificios queden completamente operativos. En este caso, no hay seguro que opere.

Sin embargo, agrega, de todas maneras ha habido un perjuicio, porque de un minuto a otro, y entre gallos y medianoche, los vecinos debieron evacuar sus casas y arreglárselas solitos para quedarse en otro lugar. Quién responde, quién se hace responsable. Bozzo dice que aquí comienza un largo y penoso camino judicial. Primero, porque para determinar al responsable de los socavones hay que hacer una serie de estudios que los respalden. ‘Hay que determinar si se cumplió la normativa vigente al momento de construir, hay que hacer estudios de suelo para ver si se construyó en un terreno apto y determinar qué fue lo que ocasionó los socavones. Y una vez que sepamos quiénes son los responsables, demandar’, dice. Pero aquí aparece otro pequeño pero.

Prescripción. Juan Orrego Acuña, director del Departamento de Derecho Privado de la Universidad Finis Terrae, aclara que una posibilidad es demandar a la constructora. Sin embargo, hay un plazo de prescripción para hacerlo. ‘En la Ley de General de Urbanismo y Construcción se establecen las responsabilidades por la, y cito, falla de la estructura soportante del inmueble, que pareciera corresponder a este caso’, dice el profesor Orrego.

‘Pero ya no se puede demandar a la constructora si han transcurrido más de diez años desde que la Dirección de Obras Municipales recepcionó las obras’. En el caso del edificio Kandinsky, por ejemplo, la Municipalidad de Viña del Mar habría visado su construcción el 2011, mientras que en el edificio Miramar, otro de los edificios evacuados, la recepción fue el 2009. ‘En ese caso, no nos quedaría más que demandar al Estado por falta de servicio, en el caso que se determinara que los socavones fueron producidos por el colector de aguas lluvias, que está a cargo del MOP’, concluye Orrego. ‘Pero este es un camino igual de largo. La verdad, veo la situación de los propietarios bastante difícil’.

Fuente: Nexnews

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